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¿Más patentes equivalen a más juicios?
Hace tiempo hablé de la evolución de las patentes en los principales países, dedicando un poco más tarde un post a su evolución en USA para tratar de entender porqué habían crecido tanto en los últimos tiempos.
Hoy, tratando de entender todavía esta fiebre por patentar todo lo que se puede, voy a tratar de contrastar dos datos, el número de aplicaciones de patentes y el número de demandas judiciales presentadas para defenderlas. Si cada vez se patenta más supongo que es porque cada vez se está más dispuesto a defender esa propiedad intelectual delante de un juez, ¿no?
Los datos que voy a utilizar se corresponden solo a EE.UU. ya que es dónde existe más información pública, tanto de patentes como de juicios y porque considero que es el país de referencia en protección y defensa de la propiedad intelectual. Para obtenerlos he usado las estadísticas del WIPO (Número de aplicaciones de patentes) y las de Justia.com (Número de demandas presentadas) para el periodo 2004-2009.

Aunque los datos de aplicaciones de patentes sólo son hasta 2008 parece que el holocausto económico de 2008 se notó bastante, por un lado la aplicación de nuevas patentes no ha crecido (Lo hacía desde 1983, con una pausa en 1996, a un ritmo del 6% anual) y parece que el lanzarse a juicios ha pasado a un segundo término, bajando un 5,5% en 2008 y un 0,5% en 2009.
Manifiesto: En defensa de los derechos fundamentales en Internet
Me sumo yo también al manifiesto contra el anteproyecto de Ley de Economía Sostenible, aunque a mi siempre me ha parecido que el debate sobre los derechos de autor se ha centrado demasiado en poder bajarse música y películas y pocos se han atrevido a discutir sobre las patentes y demás instrumentos para defender la propiedad intelectual no sólo de artistas y creadores sino de empresas, inventores y científicos.
Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…
1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.
2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.
3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.
4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.
5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.
6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.
7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.
8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.
9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.
10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.
Este manifiesto, elaborado de forma conjunta por varios autores, es de todos y de ninguno. Si quieres sumarte a él, difúndelo por Internet.
Por cierto, os podéis descargar el anteproyecto de ley aquí o aquí.
Los coches eléctricos que vienen (Resumen)
Bueno, pues una vez acabados los tres posts sobre los coches eléctricos, quería hacer una pequeña tabla resumiendo las características de cada uno. Más que nada para ver si serán la panacea o simplemente no están vendiendo humo.

Para mi los dos datos más interesantes son la autonomía y el tiempo de carga, este, para poder compararlo mejor, lo he calculado en km de autonomía por hora de carga. Visto lo visto, parece que BYD sabe algo que los demás no saben, porque, como mínimo, dobla la capacidad de carga de los demás. A partir de aquí que cada uno saque sus conclusiones sobre si lo que nos ofrecen es suficiente para todos los usos que le damos al coche, ya que si nos ponemos racionales la mayoría no tendría coche propio y alquilaría uno cuando lo necesitara.
Por cierto, no he querido comparar los tiempos de carga rápida porque cómo parece que aún no hay un estándar no servirá para todos igual, o sólo servirá en algunos sitios (Por ejemplo en casa cuando adaptemos nuestra instalación eléctrica).





del año 2006 y tiene un precio estimado de 120.000€.
El motor eléctrico tiene una eficiencia del 89% y está construido con imanes de NdFEB obtenidos por 